viernes, 3 de junio de 2011

DERECHO



DERECHO
En primer lugar, la Ley considera que son Servicios de la Sociedad de la Información, entre otros y siempre que representen una actividad económica, los siguientes;
- La contratación de bienes servicios por vía telemática
- La gestión de compras en la Red por grupos de personas
- El envío de comunicaciones comerciales
- El suministro de información por vía telemática
- El suministro, recepción, y en general la distribución de vídeo y otro tipo de contenidos previos
- La organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados centros comerciales virtuales
Obligaciones Genéricas
Las empresas constituidas con dirección de Internet deberán:
- Anotar en el plazo de 1 año desde la entrada en vigor de la Ley el nombre o nombrede dominio de Internet que correspondan alPrestador de Servicios en el Registro Mercantil en el que se hallen inscritos
- Hacer constar la sustitución cancelación de dichas direcciones
Las nuevas empresas o empresas que obtengan a partir de la Ley su dirección en Internet tendrán:
- Las mismas obligaciones mencionadas anteriormente, con la salvedad de que deberán cumplirlas en el plazo de 1 mes desde que obtengan su dirección en Internet o nombre de dominio
- Facilitar el acceso a los datos de identificación a cuantos visiten su sitio en Internet
- Informar de los precios de los servicios
- En caso de estar prevista la contratación telemática con consumidores, la página web debe contar con:
       - Una guía indicativa de los pasos a seguir 
       - Forma de corregir los posibles errores en la introducción de datos 
       - Confirmar la aceptación realizada una vez recibida
- Las comunicaciones comerciales deben obligatoriamente identificarse como tales
- Se prohíbe el spamsalvo que el destinatario haya prestado su consentimiento expreso
- La Ley da plena validez y eficacia jurídica al consentimiento prestado por vía electrónica. Sólo exige que exista consentimiento, y sin necesidad de previo acuerdo entre las partes sobre la utilización de medios electrónicos para ello. Si la ley exige la forma escritapara la validez de los contratos, el soporte electrónico es equivalente, pues se considera prueba documental admisible en juicio. Se excluye el Derecho de Familia y de Sucesiones.
Obligación de informar electrónicamente de forma permanente, fácil, directa y gratuita del:
- Nombre o denominación social
- Residencia o domicilio
- Dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España
- Dirección de correo electrónico
- Datos de su inscripción en el Registro Mercantil de su domicilio o dirección de Internet
- Datos relativos a la autorización administrativa para el desarrollo de su actividad y los identificativos del órgano administrativo competente encargado de su supervisión, siempre que la actividad así lo exija
- Si se ejerce una profesión regulada, como lo es la abogacía
- Datos del colegio profesional al que pertenece y número de colegiado
- Título académico oficial o profesional con el que cuente
- Estado de la UE en que se expidió dicho título o donde ha sido homologado o reconocido
- Normas profesionales aplicables al ejercicio de su profesión y medios a través de los cuales se pueden llegar aquellas a conocer      
- NIF
- Precio de los productos o servicios prestados, indicando, si incluye o no, tanto impuestos, como gastos de envío
- Los Códigos de Conducta a los que está adherido y la manera de consultarlos electrónicamente
- Las comunicaciones comerciales electrónicas deberán identificarse como tales y deberán indicar la persona física o jurídica, debiendo incluir al comienzo del mensaje la palabra publicidad
- Las comunicaciones comerciales que supongan ofertas promocionales, ya sean descuentos, premios, concursos o juegos, y deberán claramente decir que son ofertas promocionales, permitiendo al usuario conocer las condiciones de acceso de forma clara e inequívoca. Esas mencionadas ofertas serán válidas durante el período que indique el oferente, y si no lo indica expresamente, mientras permanezcan accesibles a los destinatarios del servicio.
- Si se recaba la dirección de correo electrónico del usuario o destinatario de los servicios durante el proceso de contratación osuscripción y el prestador pretende utilizarla posteriormente, deberá advertirse así a ese usuario y solicitar su consentimiento para la recepción de dichas comunicaciones, siempre antes de finalizar el proceso de contratación
* El destinatario deberá poder siempre revocar esa autorización a la recepción de la comunicación comercial que le remite el prestador de servicios con la simple comunicación de que esa es su voluntad, siempre mediante un procedimiento sencillo y gratuito que ponga a su disposición el prestador de servicios y con la simple comunicación de que esas es su voluntad, siempre mediante un procedimiento sencillo y gratuito que ponga a su disposición el prestador de servicios. Además, deberán facilitar información accesible por medios electrónicos sobre dichos procedimientos.
- Deber de colaboración facilitando al Ministerio de Ciencia y Tecnología y a los demás órganos competentes, el acceso a sus instalaciones y la consulta a cualquier documentación relevante para la actividad de control, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Ley 29/1998, de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Deber de suspender la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a la red o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación cuando un órgano administrativo competente lo ordene de conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley
Obligaciones previas al inicio del procedimiento de contratación 
Además de todas las obligaciones de información ya referidas, el prestador de servicios debe informar al destinatario de sus servicios de manera clara, comprensible, inequívoca y antes de iniciar el procedimiento de contratación, de lo siguiente:
- Los distintos trámites a seguir para celebrar el contrato
- Si el prestador va a archivar el documento electrónico en que se formalice el contrato y si puede ser accesible por el usuario el mismo
- Los medios técnicos que pone a disposición del usuario para identificar y corregir errores en la introducción de los datos
- La lengua o lenguas en que puede formalizarse el contrato
* Sólo se excepcionan de cumplir con esas obligaciones:
       - Cuando las partes así lo pacten expresamente y ninguno de ellos tenga la consideración de consumidor
       - Si el contrato se ha celebrado exclusivamente mediante el intercambio de correo electrónico  
Obligaciones posteriores a la celebración del contrato de entrega de bienes o prestación del servicio
Deber de confirmar la recepción de la aceptación al usuario por alguno de los siguientes medios:
- Envío de un acuse de recibo por correo electrónico u otro medio similar en el plazo de 24 horas siguientes a la recepción de la aceptación, o
- Confirmación por otro medio de la aceptación recibida, tan pronto como el aceptante haya completado el procedimiento y siempre que pueda ello ser archivado por su destinatario   
- Se entiende recibida la aceptación y su confirmación cuando las partes puedan tener constancia de ello, por ejemplo mediante su almacenamiento en el servidor en que está dada de alta al cuenta de correo electrónico u otro dispositivo para la recepción de comunicaciones   
** Sólo se excepcionan de cumplir con esas obligaciones:
       - Cuando las partes así lo pacten expresamente y ninguno de ellos tenga la consideración de consumidor
       - El contrato se haya celebrado exclusivamente mediante intercambio de correo electrónico
Los operadores de redes y servicios de comunicación electrónicas y los proveedores de acceso a redes de telecomunicaciones y los prestadoresde servicios de alojamiento de datos deberán:
Retener los datos de conexión y tráfico generados por las comunicaciones establecidas durante la prestación de un servicio por un período máximo de 12 meses. Los datos serán sólo los necesarios para facilitar la localización del equipo terminal empleado por el usuario para la transmisión de información; el origen de los datos alojados y el momento en que se inició la prestación del servicio
- Deber de adoptar medidas de seguridad apropiadas para evitar la pérdida alteración y/o acceso no autorizado a los datos
Los certificadores de firma electrónica:
- Deber de archivar en soporte informático las declaraciones que hubiesen tenido lugar por vía telemática entre las partes por un tiempo no inferior a 5 años.

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